ATRIBUCIONES DE LA ASAMBLEA DEL PODER POPULAR MAJIBACOA
- Cumplir y hacer cumplir las leyes y demás disposiciones de carácter general adoptadas por los órganos superiores del Estado;
- Aprobar y controlar, conforme a la política acordada por los organismos nacionales competentes, la ejecución del plan y del presupuesto ordinario de ingresos y gastos del Municipio;
- Elegir y revocar al Presidente y Vicepresidente de la propia Asamblea;
- Designar y sustituir al Secretario de la Asamblea;
- Participar en la elaboración y control de la ejecución del presupuesto y el plan técnico-económico del Estado, correspondiente a las entidades radicadas en su territorio y subordinadas a otras instancias, conforme a la ley;
- Controlar y fiscalizar la actividad del órgano de administración del Municipio auxiliándose para ello de sus comisiones de trabajo;
- Designar y sustituir a los miembros del órgano de Administración Municipal, a propuesta de su Presidente;
- Determinar, conforme a los principios establecidos por el Consejo de Ministros, la organización, funcionamiento y tareas de las entidades encargadas de realizar las actividades económicas, de producción y servicios, educacionales, de salud, culturales, deportivas, de protección del medio ambiente y recreativas, que están subordinadas al órgano de Administración Municipal;
- Adoptar acuerdos sobre los asuntos de administración concernientes a su demarcación territorial y que, según la ley, no correspondan a la competencia general de la Administración Central del Estado o a la de los órganos municipales de poder estatal;
- Aprobar la creación y organización de los Consejos Populares a propuesta de las Asambleas Municipales del Poder Popular;
- Revocar, en el marco de su competencia, las decisiones adoptadas por el órgano de administración del Municipio, o proponer su revocación al Consejo de Ministros, cuando hayan sido adoptadas en función de facultades delegadas por los organismos de la Administración Central del Estado;
- Conocer y evaluar los informes de rendición de cuenta que les presenten su órgano de Administración y las Asambleas del Poder Popular de nivel inferior, y adoptar las decisiones pertinentes sobre ellos;
- Formar y disolver comisiones de trabajo;
- Atender todo lo relativo a la aplicación de la política de cuadros que tracen los órganos superiores del Estado;
- Fortalecer la legalidad, el orden interior y la capacidad defensiva del país;
- Cualquier otra que les atribuyan la Constitución y las leyes.